Última modificación: Miércoles, 06 Noviembre 2024
Aprobación de Programas de Seguridad Aeropuertos y Compañías Aéreas
Descripción general
Emitir la aprobación de un programa de seguridad según REGLAMENTO (CE) No 300/2008_articulo 12 y 13 por el que los aeropuertos y las compañías aéreas dispondrán y aplicaran un Programa de seguridad para dar cumplimiento al Programa nacional de seguridad para la aviación civil (PNS)
- Emitir la aprobación de un programa de seguridad según REGLAMENTO (CE) No 300/2008_articulo 12 y 13 por el que los aeropuertos y las compañías aéreas dispondrán y aplicarán un Programa de seguridad para dar cumplimiento al Programa nacional de seguridad para la aviación civil (PNS).
- Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntados los documentos requeridos, se realizará el registro correspondiente y se devolverá un justificante con el número y fecha de registro.
Requisitos
Programa de Seguridad.
Código SIA
A quién va dirigido
Iniciado por Aeropuertos y compañías aéreas.
Plazo de presentación
Conforme al procedimiento que en su caso estuviera establecido.
Lugar de presentación
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana 112
28046 Madrid
Formas de inicio del trámite en Sede
- Acceso con autenticación (presentación telemática)
A dónde acudir
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana 112
28046 Madrid
Órgano responsable / Unidad gestora
El que resulte competente de conformidad con la normativa vigente. / Dirección de Seguridad de la Aviación Civil y Protección al Usuario.
Nivel de administración electrónica
Formas de inicio
- Instancia de parte
Plazo máximo de resolución y notificación
6 meses.
Recursos posibles
Serán los que correspondan según el procedimiento de que se trate y la legislación aplicable a la materia objeto de la solicitud.

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