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Última modificación: Sábado, 20 Noviembre 2021

Certificado de aeronavegabilidad RPA (no incluye el Certificado especial para vuelos experimentales)

Descripción general

Procedimiento para la obtención del certificado de aeronavegabilidad RPA

Este procedimiento es aplicable a la obtención de certificados de aeronavegabilidad RPA correspondientes a RPA incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1036/2017.

El certificado de aeronavegabilidad RPA es un certificado de aeronavegabilidad restringido que se emite a la aeronave y abarca todos los componentes del sistema (RPAS), incluyendo la propia aeronave, las estaciones de pilotaje remoto y los correspondientes enlaces de mando y control, así como cualquier otro elemento del sistemas que pueda requerirse ene cualquier momento durante la operación.


A quién va dirigido

Este procedimiento esta dirigido a: 1) Aquellas personas físicas o jurídicas a cuyo nombre esté matriculado o vaya a matricularse un RPA. 2) Operador de un RPA no sujeto a matriculación.

Lugar de presentación

Agencia Estatal de Seguridad Aérea
División de Aeronavegabilidad Inicial
Direccion de Seguridad de Aeronaves
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid

Tasas

Tarifa 5ª

Formas de inicio del trámite en Sede

  • Descargar documentos (para presentación por otro canal)

A dónde acudir

Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid

Órgano responsable / Unidad gestora

Agencia Estatal de Seguridad Aérea / Direccion de Seguridad de Aeronaves

Nivel de administración electrónica

Nivel 2: Descarga del formulario

Formas de inicio

  • Instancia de parte

Normativa

  • Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, y se modifican el Real Decreto 552/2014, de 27 de junio, por el que se desarrolla el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea y el Real Decreto 57/2002, de 18 enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
  • Anexo I, Parte 21 del Reglamento (UE) nº 748/2012 de la Comisión, de 3 de agosto de 2012, por el que se establecen las disposiciones de aplicación sobre la certificación de aeronavegabilidad y medioambiental de las aeronaves y los productos, componentes y equipos relacionados con ellas, asi como sobre la certificación de las organizaciones de diseño y de producción.

Observaciones

  • Requisitos
    La emisión del certificado de aeronavegabilidad RPA requiere la previa demostración de conformidad del RPAS con un certificado de tipo RPA, o, en su defecto, con unas especificaciones de aeronavegabilidad para AESA.
  • Documentación

    La establecida en el anexo I, Parte 21 del reglamento (UE) nº 748/2012 de la Comisión, de 3 de agosto de 2012, en materia de certificados restringidos de aeronavegabilidad, en particular la subparte H, así como los requisitos generales sobre notificación de problemas en servicio y coordinación entre diseño y producción establecidos en la Subparte A. Las referencias a la Agencia deberán entenderse referidas a AESA.

  • Formularios para descargar

    Impresos de solicitud: no establecidos (solicitar mediante escrito)