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Construcción de Aeronaves por Aficionados

Descripción general

Procedimiento para la construcción de aeronaves por aficionados, para sus propios fines, sin ánimo de lucro.

Código SIA

2414689

A quién va dirigido

Este procedimiento está dirigido a aquellos aficionados que desean construir por sí mismos la mayor parte de su aeronave, para sus propios fines, sin ánimo de lucro.

Plazo de presentación

Durante todo el año

Lugar de presentación

Personas físicas; vía telemática o presencial en cualquier registro válido, entre los que se encuentran la propia AESA

Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana 112
28046 Madrid

Tasas

Tarifa 5ª

Formas de inicio del trámite en Sede

  • Descargar documentos (para presentación por otro canal)

A dónde acudir

  • Unidad de Certificados y permisos: aficionados.aesa@seguridadaerea.es
  • Dirección para la autorización
    Agencia Estatal de Seguridad Aérea
    Dirección de Seguridad de Aeronaves
    División de Certificación
    Paseo de la Castellana, 112
    28046 Madrid
  • Dirección para el certificado de aeronavegabilidad provisional o restringido
    Agencia Estatal de Seguridad Aérea
    Oficina de Seguridad en Vuelo correspondiente
  • Para consultas o dudas
    aficionados.aesa@fomento.es

Órgano responsable / Unidad gestora

Dirección de Seguridad de Aeronaves / Dirección de Seguridad de Aeronaves

Nivel de administración electrónica

Nivel 4: Tramitación electrónica

Formas de inicio

  • Instancia de parte

Normativa

  • Orden de 31 de Mayo de 1982 por la que se aprueba un nuevo Reglamento para la Construcción de Aeronaves por Aficionados
  • Resolución de 15 de Junio de 1994 de la Dirección General de Aviación Civil sobre: Limitaciones asociadas a los certificados de aeronavegabilidad restringidos de las construidas por aficionados

Áreas temáticas

  • Aeronaves

Observaciones

Documentación

La indicada en los formularios de solicitud:

  • Para la autorización: AI-AFIS-P01-F01.
  • Tras la construcción, para el certificado de aeronavegabilidad provisional: AI-AFIS-P01-F01.
  • Tras las pruebas en vuelo, para el certificado de aeronavegabilidad restringido: AI-AFIS-P01-F01.