Última modificación: Lunes, 22 Abril 2024
Inspecciones SAFA a aeronaves españolas
Descripción general
Seguimiento de las inspecciones en rampa realizadas por otras autoridades aeronáuticas a aeronaves incluidas en un AOC español o aeronaves de matrícula española realizando operaciones no comerciales.
Registro Actividad de Tratamiento
Código SIA
A quién va dirigido
Operadores aéreos españoles
Plazo de presentación
Durante todo el año
Lugar de presentación
Tasas
No
Formas de inicio del trámite en Sede
- Descargar documentos (para presentación por otro canal)
A dónde acudir
Servicio de Inspección en Rampa (SIRA)
safa.aesa@seguridadaerea.es
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana 112
28046 Madrid
Órgano responsable / Unidad gestora
Dirección de Seguridad de Aeronaves / Dirección de Seguridad de Aeronaves
Formas de inicio
- Oficio
Plazo máximo de resolución y notificación
Depende de la autoridad extranjera de inspección. Debería ser inferior a los 30 días naturales.
Normativa
- Reglamento (UE) n° 965/2012 de la Comisión de 5 de octubre de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos en relación con las operaciones aéreas en virtud del Reglamento (CE) n° 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y modificaciones posteriores incluidas en distintos reglamentos de ejecución de la UE.
- Convenio de Chicago y Anexos 1, 6 y 8 de OACI.
Áreas temáticas
- Aeronaves
- Aviación general
- Operaciones aéreas
Observaciones
Los operadores aéreos españoles inspeccionados fuera de nuestro país gestionan la respuesta a las actuaciones de autoridades extranjeras directamente en la base de datos SAFA de EASA establecida a tal efecto. AESA transfiere esta información posteriormente a sus propios sistemas.

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