Última modificación: Martes, 04 Noviembre 2025
Portal de alta, modificación y gestión de contactos de Administrados SIPA
Descripción general
La Agencia ha desarrollado un portal diseñado para facilitar a los usuarios la gestión de trámites administrativos descritos en esta guía.
Este portal permite tanto a personas físicas como a entidades jurídicas completar procesos en la base de datos de AESA (SIPA), como el alta y modificación de sus datos en el sistema de AESA, gestionar representantes y contactos de notificación, y de gestión de contactos de discrepancias. El objetivo principal es simplificar y digitalizar estos procesos, ofreciendo un acceso rápido y seguro a través de certificados digitales.
Requisitos
El acceso al portal por parte del solicitante puede tener dos variables:
- El solicitante, bien persona jurídica o persona física, no se encuentra dado de alta en la base de datos SIPA de la Agencia, ya que no ha tramitado previamente el alta conforme a lo descrito en esta guía. En este caso, para el alta por primera vez, es necesario el certificado digital de la persona (física o jurídica) que se inscribe. Por ejemplo, si queremos dar de alta una persona jurídica de reciente creación porque se va a tramitar una aprobación ATO, por ejemplo, se necesita el certificado digital de la persona jurídica que se pretende dar de alta. Éste se solicita ante la FNMT en el proceso descrito en el siguiente enlace.
- El solicitante, bien persona jurídica o persona física, ya está dado de alta en la base de datos SIPA de la Agencia. En este caso, el usuario puede acceder a su cuenta y gestionar sus datos, representantes o contactos por procesos.
En ambos ejemplos recién descritos, nos estamos refiriendo a la persona física o jurídica que ostenta una aprobación o realiza una declaración, no a sus representantes. Es decir, ambos casos están referidos al solicitante.
El acceso al portal por parte de los representantes del solicitante, de nuevo, puede tener dos alternativas:
- El representante ya dado de alta en SIPA, accediendo a su cuenta en el portal, se le ofrecerá la posibilidad de gestionar datos, representantes y contactos de su representado.
- El representante que no haya inscrito previamente su poder de representación en SIPA, debe seguir los pasos descritos en la siguiente Guía, “Alta como usuarios”.
- El solicitante, bien persona jurídica o persona física, no se encuentra dado de alta en la base de datos SIPA de la Agencia, ya que no ha tramitado previamente el alta conforme a lo descrito en esta guía. En este caso, para el alta por primera vez, es necesario el certificado digital de la persona (física o jurídica) que se inscribe. Por ejemplo, si queremos dar de alta una persona jurídica de reciente creación porque se va a tramitar una aprobación ATO, por ejemplo, se necesita el certificado digital de la persona jurídica que se pretende dar de alta. Éste se solicita ante la FNMT en el proceso descrito en el siguiente enlace.
Código SIA
A quién va dirigido
Personas físicas como a entidades jurídicas completar procesos en la base de datos de AESA (SIPA), como el alta y modificación de sus datos en el sistema de AESA, gestionar representantes y contactos de notificación, y de gestión de contactos de discrepancias.
Plazo de presentación
Durante todo el año
Lugar de presentación
Telemático
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana 112,
28046 Madrid
Tasas
No
Formas de inicio del trámite en Sede
- Acceso con autenticación (presentación telemática)
A dónde acudir
Servicio de Análisis Económico del Transporte Aéreo, dentro de la División de Servicios Aéreos y Operadores Extranjeros. Unidad: usuarios (usuariosdsa.aesa@seguridadaerea.es)
Órgano responsable / Unidad gestora
Agencia Estatal de Seguridad Aérea / Dirección de Seguridad de Aeronaves / Servicio de Análisis Económico del Transporte Aéreo
Nivel de administración electrónica
Formas de inicio
- Instancia de parte
Efectos del silencio administrativo (según la forma de inicio)
Instancia de parte
- Desestimatorio
Plazo máximo de resolución y notificación
Plazo general Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Áreas temáticas
- Aeronaves
- Aviación general
- Formación y exámenes
- Gestión de riesgos
- Operaciones aéreas
Observaciones
Ámbitos de actividad
Toda persona física o jurídica que vaya a solicitar una aprobación/autorización o van a realizar una declaración ante la Dirección de Seguridad de Aeronaves respecto del AOC, COE, SPO, NCC, NCO, operaciones comerciales con globos o planeadores, ATO, DTO, CAMO, P145, P147, DOA, POA o Aeronaves del Anexo I del Reglamento 2018/1139 en actividades de trabajos aéreos, así como otros procesos de trabajos aéreos tramitados por particulares o demostraciones aéreas para las que se requiera la emisión de la declaración de conformidad aeronáutica.
Si el solicitante no tiene definidos contactos para una aprobación, el sistema notificará a sus representantes legales.
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