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Última modificación: Lunes, 22 Abril 2024


Zonas de espacio aéreo para el uso obligatorio de radio, transpondedor o plan de vuelo

Descripción general

Tramitación de las solicitudes para la determinación de zonas obligatorias de radio (RMZ), de transpondedor(TMZ) o de presentación obligatoria de Plan de Vuelo (FPMZ)

  • El objeto de este procedimiento es la tramitación de las solicitudes para la determinación de zonas obligatorias de radio (RMZ), de transpondedor (TMZ) o de presentación obligatoria de Plan de Vuelo (FPMZ).
  • Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntados los documentos que estime oportunos, se realizará el registro correspondiente y se devolverá un justificante con el número y fecha de registro.

Requisitos

  • Informe elaborado de conformidad con lo especificado por la Autoridad.

Código SIA

2313893

A quién va dirigido

Cualquier persona física o jurídica.

Plazo de presentación

Conforme al procedimiento que en su caso estuviera establecido.

Lugar de presentación

Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid

Tasas

No

Formas de inicio del trámite en Sede

  • Acceso con autenticación (presentación telemática)

A dónde acudir

Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid

Órgano responsable / Unidad gestora

Dirección de Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea. / Dirección de Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea.


Nivel de administración electrónica

Nivel 4: Tramitación electrónica

Formas de inicio

  • Instancia de parte

Efectos del silencio administrativo (según la forma de inicio)

Instancia de parte

  • Desestimatorio

Plazo máximo de resolución y notificación

3 meses.

Recursos posibles

Serán los que correspondan según el procedimiento de que se trate y la legislación aplicable a la materia objeto de la solicitud.

Normativa

  • Real Decreto 1180/2018, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea
  • Reglamento de Ejecución (UE) 923/2012, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, y por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) 1035/201

Áreas temáticas

  • Navegación aérea

Observaciones

Los interesados podrán entender desestimadas por silencio administrativo sus solicitudes en todos los casos, salvo que una norma con rango de Ley o norma de Derecho Comunitario Europeo establezca lo contrario y lo indicado en el art.24 de la Ley 39/2015.

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, los datos facilitados serán utilizados de forma confidencial a los efectos de tramitar su instancia. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante AESA.