Última modificación: Martes, 14 Diciembre 2021
Supervisión documento de regulación aeroportuaria (DORA)
Descripción general
Supervisar el Documento de Regulación Aeroportuaria en relación a los estándares de calidad, capacidad, inversiones y condiciones mínimas del servicio de acuerdo a la Ley 18/2014 de 15 de octubre.
Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntados los documentos requeridos, se realizará el registro correspondiente y se devolverá un justificante con el número y fecha de registro.
Requisitos
- Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia
- La solicitud deberá de ir acompañada de: inversiones, indicadores de Calidad y condiciones mínimas de Servicio y capacidad
Código SIA
A quién va dirigido
Gestor Aeroportuario: AENA Servicios Centrales y Aeropuertos.
Plazo de presentación
Continuo
Lugar de presentación
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
Tasas
N/A
Formas de inicio del trámite en Sede
- Acceso con autenticación (presentación telemática)
A dónde acudir
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
Órgano responsable / Unidad gestora
El que resulte competente de conformidad con la normativa vigente. / Dirección de Seguridad de la Aviación Civil y Protección al Usuario.
Nivel de administración electrónica
Formas de inicio
- Instancia de parte
- Oficio
Recursos posibles
Este procedimiento pone fin a la vía administrativa.
Áreas temáticas
- Aeropuertos
Observaciones
De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales , los datos facilitados serán utilizados de forma confidencial a los efectos de tramitar su instancia. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelaciócancelación y oposición ante AESA.

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