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Última modificación: Miércoles, 02 Abril 2025


Gestión de certificado de tripulante de cabina de pasajeros (TCP)

Descripción general

Si ya dispone de un certificado de TCP, puede consultar la información de su certificado en la sección Licencias y Certificados.

Con este procedimiento se puede llevar a cabo:

  • La solicitud de la emisión de un certificado TCP, tanto si la formación ha sido realizada en una organización de formación o en un operador de transporte aéreo.
  • Solicitar una reexpedición de un certificado TCP, tanto si la formación ha sido realizada en una organización de formación o en un operador de transporte aéreo.
  • Actualizar los datos personales asociados a su certificado TCP.
  • Solicitar una actualización de su certificado en papel a un formato digital. Debido a que ya no se emiten certificados en papel, en caso de pérdida, deterioro o extracción del certificado en papel, el nuevo certificado será emitido en formato digital.
  • Solicitar la renuncia al certificado de TCP.

Requisitos

  • El solicitante debe ser mayor de edad y haber finalizado el curso de entrenamiento inicial.

Código SIA

2300537

A quién va dirigido

Personas físicas que quieren obtener o ya disponen de un certificado de tripulante de cabina que quieren realizar algún trámite sobre éste.

Plazo de presentación

Durante todo el año

Lugar de presentación

Presencial, telemático

Tasas

Sí / Emisión inicial y reexpedición: Tasa 11 / Actualización de datos personales y actualización a certificado digital: Tasa 24

Formas de inicio del trámite en Sede

  • Acceso con autenticación (presentación telemática)

A dónde acudir

Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana 112,
28046 Madrid

Órgano responsable / Unidad gestora

Agencia Estatal de Seguridad Aérea / Servicio de licencias de aviación general y TCP (SLAGTC)


Nivel de administración electrónica

Nivel 4: Tramitación electrónica

Formas de inicio

  • Instancia de parte

Efectos del silencio administrativo (según la forma de inicio)

Instancia de parte

  • Caducidad
  • Desestimatorio

Plazo máximo de resolución y notificación

Plazo general de 3 meses

Recursos posibles

Los recogidos en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Áreas temáticas

  • Licencias y medicina aeronáutica

Observaciones

Información sobre la Representación en la Administración Electrónica.

AESA ya no emite certificados de tripulante de cabina en formato papel. Los certificados siempre serán emitidos en formato digital y firmados digitalmente.

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos facilitados serán utilizados de forma confidencial a los efectos de tramitar su instancia. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante AESA.

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