Última modificación: Martes, 16 Abril 2024
Supervisión Económica y Performance de Navegación Aérea
Descripción general
Supervisión Económica y Performance de Navegación Aérea
Para garantizar el tratamiento correcto de su solicitud, tenga en cuenta lo siguiente:
- No es posible realizar por este medio las solicitudes que requieran presentar los documentos originales en papel.
- Si ha de presentar documentos originales para su compulsa, estos deben haber sido firmados electrónicamente por el emisor y disponer de un Código Seguro de Verificación para su cotejo.
OBJETO
- El objeto de este procedimiento es la supervisión del rendimiento en el marco del Reglamento 2019/317; y aquella supervisión en el marco económico y del rendimiento que pueda derivarse del cumplimiento del Reglamento (UE) 2017/373, Reglamento (UE) 2015/340 y el RD 1133/2010.
- La solicitud deberá ir acompañada de la documentación que se requiera en función del trámite efectuado.
Requisitos
Organización de Formación ATS certificada conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2015/340 y/o RD 1133/2010.
Proveedor de Servicios de Navegación Aérea certificado conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373.
Registro Actividad de Tratamiento
Código SIA
A quién va dirigido
Persona jurídica.
Plazo de presentación
Conforme al procedimiento que en su caso estuviera establecido.
Lugar de presentación
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
Formas de inicio del trámite en Sede
- Acceso con autenticación (presentación telemática)
A dónde acudir
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
Órgano responsable / Unidad gestora
Dirección de Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea. / Dirección de Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea.
Nivel de administración electrónica
Formas de inicio
- Instancia de parte
- Oficio
Recursos posibles
Serán los que correspondan según el procedimiento de que se trate y la legislación aplicable a la materia objeto de la solicitud.
Normativa
-
Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS)
-
Reglamento (UE) 2015/340 de la Comisión, de 20 de febrero de 2015, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo.
-
Reglamento (UE) 2017/373 de la Comisión, de 1 de Marzo de 2017, por el que se establecen requisitos comunes para los proveedores de servicios de gestión del tránsito aéreo/navegación aérea y otras funciones de la red de gestión del tránsito aéreo y su supervisión
- Reglamento UE 2019/317, de 11 de febrero, por el que se establece un sistema de evaluación del rendimiento y de tarificación en el cielo único europeo y se derogan los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 390/2013 y (UE) n.o 391/2013
Áreas temáticas
- Navegación aérea
Observaciones
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
- Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntados los documentos requeridos, se realizará el registro correspondiente y se devolverá un justificante con el número y fecha de registro.
De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos facilitados serán utilizados de forma confidencial a los efectos de tramitar su instancia. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelació

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