Última modificación: Lunes, 11 Mayo 2026
Tramitación telemática de revalidaciones de habilitaciones de tipo de aviones multipiloto y aviones complejos de alta performance de un solo piloto
Descripción general
Si ya dispone de una licencia de piloto de helicóptero, puede consultar la información de su licencia en la sección Licencias y Certificados.
Este procedimiento permite a los examinadores de habilitaciones de tipo de avión tramitar telemáticamente las revalidaciones de habilitaciones de tipo de aviones multipiloto y aviones complejos de alta performance de un solo piloto que se encuentren en período de revalidación (3 meses inmediatamente anteriores a la fecha de caducidad de la habilitación).
Esta tramitación incluye:
- Obtención de autorización por parte del piloto examinado para acceso a la información de su licencia y gestionar la revalidación.
- Cumplimentación del formulario asociado a la verificación de competencia aplicable.
- Firma del formulario por parte del examinador.
- Presentación del formulario asociado a la verificación de competencia.
- Actualización en el sistema de AESA de las fechas de validez de la habilitación revalidada.
Requisitos
Ser titular de un certificado de examinador de habilitación de tipo de avión (TRE(A)) en vigor y disponer de un método de identificación y firma aceptado por AESA.
El examinador debe estar en comunicación con el piloto cuya revalidación se está realizando, ya que precisará de un código de autorización que llega al piloto.
Código SIA
A quién va dirigido
A aquellos examinadores que quieran tramitar telemáticamente las revalidaciones de habilitaciones de tipo de aviones multipiloto y aviones complejos de alta performance de un solo piloto.
Plazo de presentación
Durante todo el año
Lugar de presentación
Telemático
Tasas
N/A
Formas de inicio del trámite en Sede
- Acceso con autenticación (presentación telemática)
A dónde acudir
Órgano responsable / Unidad gestora
Agencia Estatal de Seguridad Aérea / Servicio de licencias profesionales de vuelo (SLPV) / Servicio de licencias de aviación general y TCP (SLAGTC)
Nivel de administración electrónica
Formas de inicio
- Instancia de parte
Efectos del silencio administrativo (según la forma de inicio)
Instancia de parte
- Desestimatorio
Plazo máximo de resolución y notificación
Plazo general de 3 meses
Recursos posibles
Recurso de alzada ante la Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Normativa
-
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Reglamento (UE) no 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) no 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Áreas temáticas
- Licencias y medicina aeronáutica

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