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Última modificación: Jueves, 06 Febrero 2025


Representación en el ámbito de la Administración Electrónica
  • ¿Qué es la representación?
    La capacidad que tiene cualquier persona de permitir a un tercero que actúe en su nombre.
     
  • ¿Cuál es su alcance?
    El que quiera darle aquel que la otorga (poderdante).
     
  • ¿Cómo se regula en el ámbito de las AAPP?
    La norma principal es la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas.

 

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Descargue aquí los modelos normalizados de autorización/revocación de la representación de personas físicas por parte de personas jurídicas vinculadas a ellas por una relación laboral o de servicios de formación. Esta forma de representación únicamente será válida en los siguientes procedimientos competencia de AESA:

  • Emisión de Licencias mantenimiento P66.
  • Procedimiento de Certificación del Personal que aplica controles de Seguridad de la Aviación Civil CERTIFICACION C1, C2, C3a, C3b, C4a y C4b.
  • Autorizaciones de Exención de Designación ACC3 para envíos de carga y correo aéreos en vuelos ad hoc desde terceros países.
  • Procedimiento de tramitación de licencias de controlador/alumno controlador de tránsito aéreo.
  • Licencias de piloto (Parte FCL, BFCL y SFCL), los certificados de examinador (para el caso de certificados PAR FCL) y Licencia de Mecánico de a bordo.
  • Autorizaciones de examinador de vuelo para licencias ULM.
  • Licencias de piloto de ULM.
  • Tripulante de Cabina de Pasajeros.
  • Certificado de Médico Examinador Aéreo.