Última modificación: Martes, 14 Diciembre 2021
Gestión del Cambio de aeropuertos y helipuertos de uso público verificados bajo el marco nacional: Aprobación cambios clase 1, comunicación cambios clase 2, comunicación cambios clase 3 (entrega anual manual de aeródromo)
Descripción general
Gestión y tramitación de cambios para los aeropuertos y helipuertos de uso público verificados/certificados de acuerdo con la normativa nacional.
Para garantizar el tratamiento correcto de su solicitud, tenga en cuenta lo siguiente:
- No es posible realizar por este medio las solicitudes que requieran presentar los documentos originales en papel.
- Si ha de presentar documentos originales para su compulsa, estos deben haber sido firmados electrónicamente por el emisor y disponer de un Código Seguro de Verificación para su cotejo.
OBJETO
- El objeto de este procedimiento es la gestión y tramitación de cambios para los aeropuertos y helipuertos de uso público verificados/certificados de acuerdo con la normativa nacional.
- Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntados los documentos requeridos, se realizará el registro correspondiente y se devolverá un justificante con el número y fecha de registro.
Requisitos
Ser gestor de un aeropuertos y helipuertos de uso público verificados bajo el marco nacional
Código SIA
A quién va dirigido
Gestores de aeropuertos/helipuertos de uso público y/o de sus representantes.
Plazo de presentación
Conforme al procedimiento que en su caso estuviera establecido.
Lugar de presentación
- Telemático
Tasas
N/A
Formas de inicio del trámite en Sede
- Acceso con autenticación (presentación telemática)
A dónde acudir
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Servicio de Supervisión de Aeródromos y Helipuertos
División de Integración Territorial
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
Órgano responsable / Unidad gestora
Agencia Estatal de Seguridad Aérea / Dirección de Seguridad de la Aviación Civil y Protección al Usuario.
Nivel de administración electrónica
Formas de inicio
- Instancia de parte
Efectos del silencio administrativo (según la forma de inicio)
Instancia de parte
- Desestimatorio
Plazo máximo de resolución y notificación
3 meses
Recursos posibles
Este procedimiento pone fin a la vía administrativa.
Normativa
- Ley 21/2003, de 7 de julio de Seguridad Aérea
- Orden FOM/2086/2011, de 8 de julio por la que se actualizan las normas técnicas contenidas en el Anexo al Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuerto
- Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de inspección aeronáutica
- Real Decreto 862/2009 por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y el reglamento de certificación y verificación de aeropuertos y otros aeródromos de uso público.
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Áreas temáticas
- Aeropuertos
Observaciones
Gestión del cambio para aeropuertos y helipuertos de uso público verificados o certificados bajo la normativa nacional.
Se dispone de tres subprocesos:
- Aprobacion de cambios de clase 1
- Comunicación de cambios de clase 2
- Comunicacion de cambios de clase 3 (entrega anual del manual de aeródromo)
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
- Documentos afectados por el cambio
- Informe del cambio Gestión de riesgos del cambio
- Registro general del cambio
- Registro individual del cambio
- Registros clasificación del cambio
OBSERVACIONES
- De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, los datos facilitados serán utilizados de forma confidencial a los efectos de tramitar su instancia. Se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante AESA.

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