Certificado de Operador Aéreo (AOC) - Avión y helicóptero
Descripción general
Procedimiento para la emisión y modificación del Certificado de Operador Aéreo (AOC) de avión y helicóptero; así como para la solicitud de aprobación y notificación de cambios dentro del alcance de la aprobación AOC.
Código SIA
687976
A quién va dirigido
Este proceso va dirigido a las compañías que disponen o desean disponer de Certificados de Operador Aéreo (AOC), emitidos conforme al Reglamento (UE) 965/2012 de la Comisión de 5 de octubre de 2012 por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos en relación con las operaciones aéreas en virtud del Reglamento (CE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Plazo de presentación
En el campo de observaciones se incluye los plazos
Lugar de presentación
Tasas
Sí, la tasa de tarifa nº 3, en observaciones se describe.
Documentos
Formas de inicio del trámite en Sede
A dónde acudir
Para solicitud inicial y modificación del Certificado de Operador Aéreo (AOC) de avión: División de Aprobaciones y Estandarización de Operaciones Aéreas.
cat.aesa@seguridadaerea.es
Para solicitud de aprobación y notificación de cambios dentro del alcance de la aprobación AOC de avión: Servicio de Supervisión de Operadores Aéreos.
cat.aesa@seguridadaerea.es
Para solicitud inicial y modificación del Certificado de Operador Aéreo (AOC) de helicóptero, así como para la solicitud de aprobación y notificación de cambios dentro del alcance de la aprobación de AOC de helicóptero: Servicio de Helicópteros y Trabajos Aéreos.
helicoptero-ta.aesa@seguridadaerea.es
Para consultas relacionadas con la Lista de Equipo Mínimo: Servicio de Listas de Equipo Mínimo
Dirección:
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Dirección de Seguridad de Aeronaves
División de Aprobaciones y Estandarización de Operaciones Aéreas / Servicio de Supervisión de Operadores Aéreos / Servicio de Helicópteros y Trabajos Aéreos / Servicio de Listas de Equipo Mínimo
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
Órgano responsable / Unidad gestora
Agencia Estatal de Seguridad Aérea / Dirección de Seguridad en Aeronaves
Nivel de administración electrónica
Nivel 2: Descarga del formulario
Formas de inicio
Efectos del silencio administrativo (según la forma de inicio)
Instancia de parte
Normativa
Áreas temáticas
Observaciones
Documentación:
La solicitud deberá presentarse por registro, cumplimentando únicamente las partes, los anexos y las listas de chequeo aplicables al contenido de su solicitud; utilizando preferentemente los archivos Excel de las Partes correspondientes, devolviéndolos en el mismo formato y comprimidos en un único archivo zip.
Formas de inicio del trámite en Sede:
Descargar documentos para presentación por otro canal
Plazo de presentación:
La solicitud inicial de expedición de un AOC de avión y/o helicóptero deberá presentarse, al menos, 90 días antes de la fecha prevista de inicio de operación. El Manual de Operaciones, no obstante, podrá presentarse posteriormente, aunque al menos 60 días antes de la fecha prevista de inicio de operación, junto con los Manuales adicionales mencionados en el Manual de Operaciones y en los que se desarrolla contenido del M.O.
La solicitud de modificación del Certificado de Operador Aéreo (AOC) de avión y/o helicóptero, así como la solicitud de aprobación y notificación de cambios dentro del alcance de la aprobación AOC, deberán presentarse al menos 30 días antes de la fecha propuesta de entrada en vigor de la enmienda solicitada.
Tributos/Tasas:
Sí, la tasa de tarifa nº 3:
Para simplificar el uso de OPS-AOC-P01-F001.- Solicitud de aprobación AOC, se puede acceder a continuación a las diferentes secciones del formato: