Emisión de Aprobaciones Especiales
Descripción general
El objeto de este procedimiento es la emisión de las aprobaciones especiales y otras autorizaciones sin carácter de aprobación; en el concepto de aprobaciones especiales se engloban las aprobaciones específicas reguladas en el anexo V (parte SPA) del Reglamento 965/2012 y otras aprobaciones distintas de las específicas reguladas también en el citado reglamento (Operación Non ETOPS, Formación tripulación de cabina etc…). Adicionalmente se abordarán otras operaciones como la RNAV 5, comunicación por enlace de datos etc…
Código SIA
687979
A quién va dirigido
Operadores que disponen o están en proceso de obtención de un Certificado de operador aéreo (AOC) emitido de conformidad con el Re 965/2012 así como operadores de aeronaves que realicen operación no comercial (Anexo VI y VII del Re 965/2012 (partes NCC/NCO).
Plazo de presentación
Conforme al procedimiento que en su caso estuviera establecido. 3 meses de antelación.
Lugar de presentación
Dirección:
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Dirección de Seguridad de Aeronaves
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
Tasas
Sí, la tasa de tarifa nº 4. Por autorización y aeronave
Documentos
Formas de inicio del trámite en Sede
A dónde acudir
Para solicitud de emisión/modificación de aprobaciones en el marco de un AOC de avión: División de Aprobaciones y Estandarización de Operaciones Aéreas.
Para solicitud de emisión/modificación de aprobaciones en el marco de un AOC de helicóptero: Servicio de Helicópteros y Trabajos Aéreos.
helicoptero-ta.aesa@seguridadaerea.es
Para solicitud de emisión de aprobaciones para nuevas matrículas a incluir en el AOC (avión o helicóptero) en el marco de un operador que disponga de un procedimiento aprobado de gestión de matrículas: Oficina de Seguridad en Vuelo correspondiente.
Sólo en los casos en que la emisión de la aprobación para dicha matrícula haya requerido además una modificación de los procedimientos operacionales/entrenamientos regulados en la parte correspondiente del Reglamento 965/2012 aplicable (SPA, ORO, CAT,…) se presentará también la parte de la solicitud correspondiente a requisitos de operaciones ante la Coordinación de Operaciones Aéreas y Aeronavegabilidad (COAA).
Para solicitud de emisión/modificación de aprobaciones en el marco de la operación no comercial de aviones motopropulsados complejos (NCC de avión): División de Aprobaciones y Estandarización de Operaciones Aéreas.
Para solicitud de emisión/modificación de aprobaciones en el marco de la operación comercial especializada con avión o helicóptero (SPO) o para solicitud de emisión/modificación de aprobaciones en el marco de la operación no comercial de helicópteros motopropulsados complejos (NCC de helicóptero): Servicio de Helicópteros y Trabajos Aéreos.
helicoptero-ta.aesa@seguridadaerea.es
Para solicitud de emisión/modificación de aprobaciones en el marco de la operación no comercial de aeronaves motopropulsadas distintas de las complejas (NCO): Servicio de Aviación General.
aviaciongeneral.aesa@seguridadaerea.es
Dirección:
Agencia Estatal de Seguridad Aérea
Dirección de Seguridad de Aeronaves
División de Aprobaciones y Estandarización de Operaciones Aéreas / Oficina de Seguridad en Vuelo / Servicio de Helicópteros y Trabajos Aéreos / Coordinación de Operaciones Aéreas y Aeronavegabilidad / Servicio de Aviación General
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madridd
Órgano responsable / Unidad gestora
Dirección de Seguridad en Aeronaves / Dirección de Seguridad en Aeronaves
Nivel de administración electrónica
Nivel 3: Descarga y envío del formulario
Formas de inicio
Efectos del silencio administrativo (segun la forma de inicio)
Instancia de parte
Normativa
Áreas temáticas